Fallo «Isla» de la SCBA. Una ironía del destino…
Derogando al art. 54 del Decreto-Ley 8904, sin análisis de las obligaciones conexas accesorias, ni de las consecuencias que la atomización del descisorio provocaría. Violentando la aplicación de la Tasa Activa en detrimento del carácter alimentario del honorario, y de la familia del abogado en contra del art. 36 inc. 1° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. «…Artículo 36.- La Provincia promoverá la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. A tal fin reconoce los siguientes derechos sociales: 1- De la Familia. La familia es el núcleo primario y fundamental de la sociedad. La Provincia establecerá políticas que procuren su fortalecimiento y protección moral y material…«
Tasa Pasivas para unos, Tasas Activas para otros… ¿Discrecionalidad? ¿Doble Standard? ¿Grupos de Poder?
Quizás una de las razones por las cuales ya ni los peritos desean presentarse en la justicia…
Abogado, Techsavvy, perseverante, estratega e inquieto en la búsqueda constante de la innovación y desarrollo aplicado al derecho, bajo medios productivos, justos y coherentes de acceso a la justicia. Fundador de Piesciorovsky & Asoc. Estudio Jurídico.